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Ayuda legal con experiencia para visas para prometidos

En MCD Immigration Law, P.C., comprendemos la alegría y la urgencia de reunirse con su ser querido. Como su abogada dedicada a las visas para prometidos, Mabel Covarrubias-Doucette guía a los ciudadanos estadounidenses a través del proceso de traer a sus prometidos a los Estados Unidos.

Representamos a clientes en Salem, Massachusetts y en todo Estados Unidos e internacionalmente en una variedad de asuntos de inmigración, incluidas las visas para cónyuges y prometidos.

Si tiene alguna pregunta o desea iniciar el proceso de solicitud de visa, contáctenos. Puede comunicarse con nosotros a través de nuestro formulario de correo electrónico o al 978-627-8560. Programe una consulta donde podamos analizar sus circunstancias en detalle. Se habla español.

¿Quién puede obtener una visa para prometidos?

Una visa para prometidos se conoce formalmente como visa K-1. Permite que su prometido o prometida que es ciudadano extranjero ingrese a los EE. UU. y se case con usted, un ciudadano estadounidense. El matrimonio debe realizarse dentro de los 90 días posteriores a su llegada. Después del matrimonio, su cónyuge puede solicitar su residencia permanente.

Para calificar para una visa K-1:

  • El ciudadano estadounidense debe haber conocido a su prometido o prometida en persona al menos una vez en los últimos dos años.
  • Ambas partes deben tener la libertad legal para casarse.
  • El matrimonio debe ser posible según la ley estadounidense.

Los prometidos y prometidas del mismo sexo tienen los mismos derechos que los del sexo opuesto según la ley estadounidense.

¿Cuál es el proceso para obtener una visa de prometido/a?

El proceso para obtener una visa de prometido/a implica dos pasos principales:

  • Presentación de la petición: como ciudadano estadounidense, debe presentar el Formulario I-129F ante el USCIS. Una vez que se aprueba, se traslada al Centro Nacional de Visas (NVC) y luego a la embajada o consulado de los EE. UU. donde vive su prometido/a.
  • Solicitud de visa: este paso es importante e implica varias tareas importantes:
    • Llenar el Formulario DS-160: su prometido/a debe completar la Solicitud de visa de no inmigrante en línea (Formulario DS-160). Después de completar el formulario, debe imprimir la página de confirmación, ya que se la solicitarán durante la entrevista de visa.
    • Reúna los documentos necesarios: la preparación es clave. Su prometido/a deberá reunir varios documentos, incluyendo:
      • Un pasaporte para viajar a los EE. UU., que sea válido al menos seis meses más allá del período que planea quedarse.
      • Acta de nacimiento.
      • Si corresponde, actas de divorcio o defunción relacionadas con cualquier cónyuge anterior que haya tenido alguno de ustedes.
      • Certificados policiales del país de residencia actual y de cualquier país donde su prometido/a haya vivido durante seis meses o más desde los 16 años.
      • Evidencia de su relación, como fotografías, correspondencia y actividades conjuntas.
      • Prueba de apoyo financiero, que puede incluir una Declaración Jurada de Apoyo (Formulario I-134) completada por el patrocinador ciudadano estadounidense.
    • Hágase un examen médico y vacunas: Antes de la entrevista, su prometido/a deberá someterse a un examen médico por parte de un médico autorizado. Este examen incluye controles de salud generales y vacunas requeridas por la ley de inmigración de EE. UU.
    • Participar en una entrevista de visa: Después de reunir todos los documentos necesarios y completar los requisitos preliminares, su prometido/a asistirá a una entrevista de visa en la embajada o consulado de EE. UU. Durante la entrevista, un funcionario consular revisará los documentos y determinará si su prometido(a) es elegible para la visa de prometido(a) basándose en la evidencia proporcionada y las respuestas de la entrevista. Es esencial que su prometido(a) esté preparado para responder preguntas personales y de relación para establecer la autenticidad del compromiso.

 

Esta es solo una descripción general básica del proceso de visa para prometidos. Cada paso requiere conocimiento y atención a los detalles. Tener un abogado especializado en visas para prometidos que prepare su petición y solicitud puede ayudar a garantizar que todo esté en orden y que se presenten todas las pruebas necesarias.

¿Qué sucede si no se casa dentro de los 90 días?

Si no se casa dentro de los 90 días, la visa caducará y su prometido deberá salir de los Estados Unidos. Este cronograma estricto subraya la importancia de planificar y comprender todas las obligaciones legales involucradas.

¿Se puede renunciar al requisito de reunirse en persona durante dos años?

En casos especiales, se puede renunciar al requisito de reunirse en persona dentro de los dos años anteriores a la solicitud de una visa de prometido/a. Esto se puede considerar si la reunión representa una dificultad extrema para el ciudadano estadounidense o si la reunión en persona entra en conflicto con las prácticas culturales de su prometido/a.

Visas de prometido/a vs. visas de cónyuge

Es útil comprender la diferencia entre las visas de prometido/a y de cónyuge:

  • Visa de prometido/a: disponible solo para ciudadanos estadounidenses. Permite que su prometido/a ingrese a los EE. UU. antes de un matrimonio pendiente.
  • Visa de cónyuge: disponible para ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes que ya están casados. El proceso varía según si su cónyuge se encuentra dentro o fuera de los EE. UU.

 

Esta distinción lo ayuda a elegir la visa adecuada según su estado civil y sus necesidades. Una vez que se haya reunido en los EE. UU. con su cónyuge, podemos ayudarlo a obtener una tarjeta verde y, eventualmente, la ciudadanía estadounidense.

Comuníquese con MCD Immigration Law, P.C., hoy mismo

¿Está listo para reunirse con su prometido/a o cónyuge? Comuníquese con MCD Immigration Law, P.C., hoy mismo. Nuestro equipo legal, dirigido por la abogada Mabel Covarrubias-Doucette, está listo para brindar una representación legal personalizada, sensible y efectiva.

Llame al 978-627-8560 o envíenos un correo electrónico para programar una consulta con un abogado especializado en visas para prometidos/as y dar el primer paso para traer a su ser querido a casa.